A partir del 29 de enero del 2021 se dispone el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante el decreto numero 109 de 2021.
En base a la Ley Estatuaria 1751 de 2015 donde se regula el derecho fundamental a la salud, el estado deberá adoptar políticas publicas que garantice el mejoramiento de la salud y sea responsable del mismo.
Teniendo en cuenta el contexto mundial frente al COVID-19, el pasado nueve de noviembre del 2020, la Organización de las Naciones Unidas manifiesta la prioridad al acceso de las vacunas para prevenir y contener el virus y expone la obligación de asegurar la disponibilidad, accesibilidad y asequibilidad entono a éstas y los tratamientos para el mismo.
La Ley 2064 de 2020, dispone que las vacunas deben priorizarse para los grupos poblacionales establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Se estima que para el primer semestre del año 2021, Colombia contará con aproximadamente cuarenta millones de dosis para buscar la inmunización de alrededor de veinte millones de personas.
También se expone en el decreto que las vacunas adquiridas por el gobierno se encontrarán disponibles de manera gradual teniendo en cuenta el avance de producción, por tanto, será necesario dividir en etapas los grupos priorizados.
Así entonces, la estrategia de vacunación en primera fase será proteger al talento humano en la salud de primera línea de manera prioritaria y posterior, se atenderán a los adultos mayores y población con comorbilidades para reducir la mortalidad por causa del COVID-19 y disminuir la incidencia de los casos severos, avanzando en la segunda fase orientada a la reducción de contagio.
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