La noche de este martes 5 de septiembre, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley que modifica la Ley 142 de 1994.
Esta corresponde a eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de servicios públicos domiciliarios, siempre y cuando el servicio haya sido efectivamente suspendido o cortado por causas imputables al usuario y/o suscriptor.
Así las cosas, no habrá lugar al cobro del cargo por reconexión o reinstalación cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.
Por otra parte, la iniciativa establece que cuando la causa de la suspensión sea diferente a la mora e imputable exclusivamente al suscriptor este tendrá que asumir el costo de la reconexión y las demás sanciones a las que haya lugar; sin embargo, si el restablecimiento no se hace dentro de las 24 horas siguientes después de que el usuario cumpla con las obligaciones se configurará una falla del servicio.