La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por seis meses al entonces jefe de la Oficina Jurídica de la Alcaldía de Barrancabermeja, Gustavo Adolfo De la Ossa Sánchez (2013), por el otorgamiento irregular de pensiones de jubilación.
Mediante un comunicado la entidad anuncio que se demostró como implicado omitió revisar los actos administrativos a través de los cuales se reconocía la pensión a 14 personas sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 35, 37 y 39 de la Convención Colectiva de Trabajo, suscrita entre la Alcaldía de Barrancabermeja y Sintramunicipal en el 2003.
De la Ossa Sánchez transgredió el Decreto 061 de 2006 que establece entre las funciones de la Oficina Asesora Jurídica la revisión en primera instancia de los conceptos, informes y actos administrativos proyectados por los abogados del área, expresando las observaciones a que haya lugar, para su posterior aprobación.
Así mismo omitió “(…) presentar a consideración del alcalde los proyectos de acuerdos, decretos, resoluciones, contratos y demás, relacionados con asuntos que competen a la administración central y que deban someterse a su decisión o firma (…)”. (Numeral 18 del Manual de Funciones de la Alcaldía de Barrancabermeja).
Con este comportamiento el exfuncionario actuó en contravía del ordenamiento jurídico, afectando dineros del tesoro público.
En fallo de segunda instancia la Procuraduría Regional de Santander calificó la falta como grave a título de culpa grave.
Teniendo en cuenta que el entonces jefe de la Oficina Jurídica ya no es servidor público, el tiempo impuesto como sanción se convertirá en salarios equivalentes al monto de lo devengado al momento de cometerse la falta.
De la Ossa Sánchez, también ejerció en Barrancabermeja el cargo de personero hasta el año 2019.