Mujeres cotizaran menos de 1.300 semanas para pensión

El alero tribunal señaló que a partir del 2026 ya no serán 1.300, sino 1.000 semanas cotizadas para las mujeres, esto se logró en un fallo histórico, donde la Corte Constitucional dijo que si de este año al 31 de diciembre de 2025 el Congreso de la República no regula este tema, entonces, desde 2026, se reducirá de manera gradual las semanas a cotizar, ya desde ese año (2026) se bajarán 50 semanas y desde 2027, de a 25 semanas hasta llegar a las 1.000.

Según la demanda, presentada por Diego López, esta norma desconocía el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito de la seguridad social, para garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión de vejez. En síntesis, la demanda decía que esa ley significaba una carga desproporcionada e injusta para las mujeres porque debían lograr las mismas semanas que los hombres pero en cinco años menos, teniendo en cuenta que las mujeres alcanzan la edad de pensión a los 57 años, y los hombres, a los 63.

“La ley actual no tiene en cuenta que las mujeres, por su importante rol de mamá, incluyendo el nacimiento, cuidado de los menores y labores de hogar, ven interrumpidos constantemente sus vínculos laborales durante meses y años, y por ende, su cotización al sistema pensional es más baja, lo que se traduce en pensiones inferiores e inequitativas para las mujeres en comparación con los hombres”, señalaba esa demanda.

Para la Corte, la diferencia en la edad pensional, que ha sido el esquema tradicionalmente usado por el régimen jurídico en el país, hoy en día resulta insuficiente de cara a profundizar la aplicación del mandato constitucional por superar la discriminación por razones del género e, inclusive, se desactiva al exigírsele a las mujeres la misma densidad cotizacional que a los hombres, en menos tiempo.

Como el derecho a la seguridad social es un camino indispensable para realizar la dignidad, la justicia y la solidaridad, la protección pensional debe aplicarse progresivamente bajo condiciones de igualdad, que eliminen toda discriminación directa o indirecta entre hombres y mujeres.

La Corporación concluyó que la norma demandada, aunque se aprecia neutral, resulta inconstitucional, por cuanto genera una situación jurídica de discriminación indirecta para las mujeres que debe superarse.

La Sala Plena dijo que le corresponde al Congreso, en coordinación con el Gobierno Nacional, definir un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente de aquellas cabeza de familia, y que contribuya a cerrar la histórica brecha por el género.

Y en atención a la necesidad de atender el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, se estableció que los efectos de la decisión se aplicarán a partir del 1.° de enero de 2026.

La Corte dijo que si para esa fecha no se ha adoptado dicho régimen, el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas para el año 2026 y, a partir del 1° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas.

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