”No tengo ningún tipo de inhabilidad para ser el próximo Gobernador de los Santandereanos”, afirmó el candidato, Mauricio Aguilar Hurtado, al culminar una reunión con líderes de su movimiento en la capital de Santander.
El movimiento Siempre Santander, liderado por Mauricio Aguilar, avanza para llegar a la Gobernación fortaleciéndose con la plena convicción y tranquilidad de estar cumpliendo con las normas establecidas y comprometido para hacer de Santander un referente turístico, de desarrollo económico y social.
Mauricio Aguilar, agregó que “bajo ninguna causal legal se encuentra inhabilitado para continuar su aspiración a la Gobernación de Santander; dado que de acuerdo a la Ley 617 del 2000, el articulo 30 aclara que los únicos motivos por los cuales se podría inhabilitar una candidatura son:
1. Quien haya sido condenado en cualquier época por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la investidura de congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la de diputado o concejal; o excluido del ejercicio de una profesión; o se encuentre en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.
2. Quienes tengan doble nacionalidad, exceptuando los colombianos por nacimiento.
3. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo departamento, o quien, como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento.
4. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel departamental o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento. Asi mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social de salud en el régimen subsidiado en el respectivo departamento.
5. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo departamento; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social de salud en el régimen subsidiado en el respectivo departamento.
6. Quien haya desempeñado el cargo de contralor departamental o procurador delegado en el respectivo departamento durante un período de doce (12) meses antes de la elección de gobernador.
7. Quien haya desempeñado los cargos a que se refiere el Artículo 197 de la Constitución Nacional. El candidato, Mauricio Aguilar Hurtado invita a los santandereanos a no “caer en el juego de la desinformación y guerra sucia en esta recta final de la campaña electoral”, sino por el contrario seguir uniendo esfuerzos para impulsar la visión de Santander para el Mundo, un proyecto con ideas, gestión y propuestas acorde a las necesidades de las regiones.