En noviembre del 2020 se aprobó, por unanimidad, la iniciativa del proyecto de ley para que los delitos contra menores de edad no puedan prescribir.
En el debate se proponía la reforma al artículo 83 del Código Penal donde se establece que estos delitos podrán ser investigados y sancionados en cualquier momento y no habrá límites de tiempo.
Lo cual quiere decir, que sin importar cuándo sean cometidos dichos delitos, la justicia podrá perseguir y procesar a los culpables cuando se conozcan las presuntas faltas.
Controversia en el Senado
El debate desato controversias: por una parte, quienes defendieron la reforma y afirmaban su necesidad para los casos contra menor en temas de violencia sexual no quedaran en la impunidad
Por otro lado, quienes advertían dicha reforma podría ocasionar retrasos en las sanciones para los responsables debido a no haber plazos en el tiempo.
Antecedentes
Ante la Corte Suprema se presenta una tutela en contra de la decisión tomada por Tribunal Superior de Barranquilla en 2018 donde se declara la prescripción del proceso contra Juan Carlos Sánchez Latorre, más conocido como “Lobo Feroz“ por acceso carnal abusivo con una menor de 13 años.
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Proceso legal
Juan Carlos Sánchez, analista y programador de sistemas declaró en un video haber abusado a 276 menores de 14 años y se demuestra su responsabilidad en por lo menos 91 casos de menores
El 4 de marzo del 2008 inicia la investigación y se hace la captura el día siguiente, sin embargo, queda en libertad en noviembre de dicho año por vencimiento de términos después de haber transcurrido 142 días sin el inicio del juicio.
Se conoce, además, el caso de una menor de 13 años a quien Latorre habría obligado a practicarle actos sexuales mediante amenazas y el ofrecimiento de pequeñas sumas de dinero.
La audiencia se llevó a cabo en el 2016 -ocho años después- hasta 2018 y es entonces cuando la defensa del acusado pide declarar la prescripción del caso ya que habían transcurrido 10 años desde la imputación de cargos y no había fallo.
El tribunal Superior aprobó los argumentos y declaró el cierre del caso de Sánchez por los cargos imputados ya que se superó el tiempo máximo. No obstante, el alto tribunal ordenó la investigación penal y disciplinaria a los fiscales y autoridades pertinentes por negligencia, desinterés y desidia.
Actualidad
El pasado 4 de febrero el presidente Iván Duque se pronunció al respecto:
“Hoy Colombia marca un hito en su normatividad y es que todos los niños de Colombia están protegidos en el derecho y en el tiempo, para que quien pretenda atenta contra ellos sepa que siempre estará el ojo avizor y todo el peso de la ley para imponérselo con drasticidad”.
Afirmo el mandatario.
Aspectos importantes de la ley
Esta norma no es retroactiva, es decir, que no podrá ser aplicada a casos presentados antes de la aprobación de esta, y será aplicada exclusivamente a los delitos contenidos en el Código Penal denominado ‘Delitos contra la libertad, integridad y formación sexual’
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