La alcaldía de Barrancabermeja expidió el decreto 271 del julio del 2017 el cual establece horarios para los establecimientos nocturnos, ampliando una hora más el primer y tercer sábado de cada mes.
Según la ley 1801 o Código Nacional de Policía y Convivencia, el cual establece que el alcalde como primera autoridad del municipio regula alguno temas que son de gran atención para la seguridad.
La medida acoge los lugares que prestan servicios de juegos de tejo, billares, casinos, galleras y similares, o consumo de bebidas alcohólicas, salas de baile, discoteca, grill, bar, taberna, whiskería, cantina, rockola, karaoke, salas de masajes y cualquier tipo de espectáculos, de la siguiente manera: Domingo, lunes, martes, miércoles y jueves desde las 10:00am hasta la 1:00am del día siguiente. Viernes, sábados o vísperas de festivos, la atención podrá hacerse desde las 10:00am hasta las 3:00am del día siguiente. Primer sábado y el tercero de cada mes el horario será desde las 10:00am hasta las 4:00am.
Mayerly Ulloque, Secretaria de Gobierno explicó “Esta modificación se debe a que en los anteriores concejos de seguridad se determinó que habían bajado los índices de riñas callejera y situaciones de intolerancia en los horarios nocturnos los fines de semana, también como resultado de las mesas de trabajo entre comerciante y residentes afectados por las actividades económicas.”