LA RUMBA, EL SEXO Y LA PANDEMIA

El proceso de reactivación económica ha permito que, bajo ciertas medidas de bioseguridad, la mayoría de los renglones de la economía y de la fuerza de trabajo, retomen sus actividades productivas y laborales, quedando excluidas de tal iniciativa muy pocos sectores, entre ellos: la rumba (discotecas, bares y tomaderos) y el comercio sexual (trabajadoras sexuales).

La rumba y el comercio sexual, han experimentado rigurosamente las medidas del cese indefinido de actividades y cierre de establecimientos, derivadas del aislamiento obligatorio. Y en general a casi nadie parece importarle o preocuparle el hecho, quizás porque no son considerados como ámbitos esenciales de la vida o son percibidos como quehaceres poco ejemplarizantes, banales e inmorales.

Más allá de las consideraciones éticas que cada ciudadano pueda tener sobre la rumba y el sexo, lo cierto es que detrás de estas labores, también hay personas y familias de carne y hueso (comerciantes, meseros, bartenders, DJs, administradores, vigilantes, prestadores de servicios sexuales, etc.), cuya subsistencia depende del ejercicio de tales actividades y que hoy por cuenta de la pandemia, se encuentran profundamente afectadas, endeudadas y aguantando hambre.

Debo aclarar que no estoy promoviendo la reapertura del sector de la rumba y del comercio sexual; pero sí llamando la atención sobre la necesidad de diseñar un paquete de ayudas humanitarias y económicas de emergencia por parte del Estado, dirigido a los comerciantes y trabajadores de la rumba y a las personas dedicadas a la prestación de servicios sexuales remunerados (trabajadores y trabajadoras sexuales).

Se trata ni más ni menos de garantizar el derecho a la igualdad y al mínimo vital, pues ni el Estado, ni la sociedad ni el gobierno, pueden emprender un tratamiento discriminatorio para estas personas, motivados por las consideraciones éticas sobre la actividad u oficio que desarrollan.

Si bien es cierto que las relaciones de trabajo que surgen en el contexto del comercio sexual y en el sector de la rumba, requieren de mayor justicia laboral, pues a menudo son precarias, informales y desprovistas de derechos y garantías; también es cierto que la actual situación de emergencia social y económica, exige medidas urgentes para proteger especialmente a las y los trabajadores de tales establecimientos.

Es claro que la exclusión en materia de ayudas humanitarias y la desprotección financiera de la que hoy son víctimas las personas involucradas en el sector de la rumba y el sexo, constituye una inaceptable violación del principio de no discriminación, situando al Estado Colombiano como sujeto de responsabilidad internacional por violación de sus obligaciones convencionales frente a los derechos humanos.

En suma, hoy a través de estas líneas, asumo la defensa oficiosa de los trabajadores y trabajadoras dedicadas a la rumba y el sexo, pues más allá de los posibles prejuicios en contra de su quehacer, se trata de una justa causa en materia de derechos humanos, cuyo fin es lograr que ellos también sean tenidos en cuenta por el Gobierno, como población potencialmente beneficiara de las ayudas, alivios financieros, medidas humanitarias y políticas sociales en medio de la pandemia.

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