El alcalde Fernando Andrade Niño, expidió el Decreto Municipal 314 por medio del cual se establecen transitoriamente horarios para el ejercicio de las actividades económicas en las que se ofrezcan o servicios o actividades de recreación como diversión, expendio de bebidas alcohólicas, consumo de licor, sala de baile, discoteca, grill bar, taberna, whiskería, cantina rockola, karaoke, sala de masajes o cualquier tipo de espectáculo desarrollados en el corregimiento La Fortuna.
Según la medida el servicio se podrá prestar de lunes a jueves de 10 de la mañana a 11 de la noche del mismo día, fines de semana incluyendo días festivos de 10 de la mañana a 1 de la mañana del día siguiente. Estas medidas las toma la Administración Municipal debido a los últimos hechos que se han presentado en el corregimiento en donde la seguridad y el orden público se han visto afectados, además de responder así al compromiso adquirido en el reciente Consejo de Seguridad Departamental.
A su vez se reglamenta horario de actividades económicas de expendio o consumo de bebidas alcohólicas desarrollada a través de establecimientos comerciales legalmente constituidos, tales como tiendas, supermercados, restaurantes, fuentes de soda, billares u otros, ubicados en zonas residenciales, del corregimiento La Fortuna, así: Domingo, lunes, martes, miércoles y jueves de 10 am a 10 pm del mismo día; viernes, sábado y víspera de festivo de 10 de la mañana a 11:59 de la noche.