Bancos en Colombia no podrán llamar a cobrar en estos horarios

La Superintendencia Financiera estableció que las entidades solamente deberán contactar a sus clientes en los horarios laborales que tengan de lunes a viernes.

Lo anterior significa que, por el conocimiento de la información personal que los bancos tienen de cada usuario, podrán llamar dependiendo de la franja laboral de sus clientes, es decir, a la persona que trabaja de 6:00 am a 6:00 pm le aplica única y exclusivamente ese horario, dijo a Blu Radio la Superintendente para protección al consumidor financiero, Beatriz Londoño.

Además, por ningún motivo, los bancos podrán llamar a sus deudores los domingos o festivos, aclaró Londoño.

De igual manera, para una llamada en los sábados, las entidades financieras podrán contactar a sus usuarios en el horario laboral que tenga la persona. Si no labora, les es totalmente prohibido.

“Frente al consumidor financiero lo que deben arraigar es la confianza y el respeto para que sienta que lo están llevando a una adecuada solución de su deuda, ofreciéndole alternativas o pagos flexibles y no sintiendo que le están afectando su derecho o que lo están llamado en horarios que no corresponden”, mencionó Londoño en la emisora.

Las personas que sientan que su banco no cumple con estas disposiciones de la Superintendencia tendrán la opción de interponer una queja ante la autoridad para su respectiva investigación, puntualizó la funcionaria.

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