El ministro de Minas y Energía, el ministro de Hacienda y Crédito Público, el director del Departamento Nacional de Planeación y 8 comisionados expertos nombrados por el Presidente de la República son quienes definen la fórmula tarifaria de la energía, es decir, el precio del kilovatio.
Esta fórmula es la que le permite a las empresas comercializadoras como EPM, ESSA, VATIA o CELSIA calcular los costos de prestación del servicio de energía y la tarifa que se les aplica a los usuarios y que les llega el pago de la factura.
Este grupo de personas conforman la CREG (Comisión de regulación de energía y gas)y son las encargadas de regular los servicios públicos de energía eléctrica, gas combustible, entre otros.
El cálculo de las tarifas de energía depende de varios componentes
A través de una resolución del año 2007, la CREG estableció la fórmula que fija la tarifa del servicio público domiciliario de energía eléctrica y que es la siguiente:
CUv = G+T+D+Cv+PR+R
(CU) Costo unitario variable que es el valor del kilovatio es igual a la sumatoria de los costos de la generación, transmisión, distribución, comercialización, pérdidas y restricciones de la energía eléctrica.
Revisión de la fórmula tarifaria
El 16 de septiembre el Gobierno, en cabeza del ministerio de Minas y Energía, la CREG y las empresas, llegaron a unos acuerdos para tomar medidas a mediano y largo plazo con el fin de mitigar el alza de las tarifas de energía, (Pacto por la Justicia Tarifaria al que más de 80 empresas se unieron) que se plasmaron en tres resoluciones.
Resolución 701 017, proyectada a 12 meses, Resolución 701 018, que entra en vigor en cinco meses y Resolución 701 019 proyectada a 12 meses.
A nivel general las medidas están encaminadas en renegociaciones de los contratos entre comercializadores y generadores, darles la oportunidad a las comercializadoras de diferir el 20% de sus obligaciones de septiembre a diciembre de 2022, optimización de las plantas termoeléctricas, ajuste de los cargos de distribución y transmisión con el IPC y el IPP.
Los indexadores IPP (Índice de Precios al Productor) e IPC (índice de Precios al Consumidor), importantes para la reducción de las tarifas de energía.
Una de las medidas de las que más se ha hablado es el ajuste en el indexador, entendiéndose este como el mecanismo con el cual se afectan todos los componentes de la tarifa:
“En adelante el indexador, va a ser el menor entre el IPP y el IPC, de esa manera, controlando la inflación que se evidencia también en la tarifa de la energía”, dijo Irene Vélez, ministra de Minas y Energía.
Sin embargo, la ministra también manifestó que se espera crear más adelante un indicador para el sector eléctrico.
Lo cierto es que los usuarios en Colombia del servicio de energía verán reducciones en su recibo mensual de energía eléctrica que van a llegar a tarifas similares a las del 2020 antes de finalizar el presente año, esa reducción espera ser entre el 4 y el 8%.