Barrancabermeja se convierte en Zona Económica Social Especial
En la mañana del 27 de julio se llevó a cabo la socialización de la ley 2240 que convierte a Barrancabermeja en una Zóna Económica y Social Especial y le otorga un régimen tributario diferente.
En el conversatorio, moderado por el Alcalde Alfonso Eljach, participaron el Representante a la Cámara por Santander Óscar Villamizar. el vice ministro de Desarrollo Empresarial Jorge González García, la subdirectora para el Impulso de la Formalización Tributaria Paola Obando Ávila y Nebardo Melo Mancilla director seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja quienes se encargaron a grandes rasgos de despejar algunas dudas y mostrar los beneficios.
Óscar Villamizar fue el Representante a la Cámara por el departamento de Santander que llevó el proyecto que hoy es ley en Colombia; esto con el objetivo de que existan mayores oportunidades laborales, se incentive y beneficie a los empresarios; y también se cree un ambiente atractivo para la inversión extranjera en Barrancabermeja.
Beneficios Barrancabermeja régimen ZESE
Las empresas tendrán un benéfico tributario por 10 años que en este caso está ligado al impuesto de renta (es el más alto y recae sobre el 35% de las utilidades de la empresa). Durante los primeros 5 años habrá un descuento del 100% en este impuesto y en los 5 últimos el pago será del 50%.
Los empresarios que deseen acogerse al beneficio tributario ZESE deberán solicitarlo y para eso tienen 3 años, tiempo que empezó a correr el 8 de julio de 20220 cuando fue promulgada la ley, y que está hasta el 8 de julio de 2025.
Algunos requisitos
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- Únicamente aplica para personas jurídicas bajo cualquier forma de las que contempla el código de Comercio.
- La persona jurídica debe estar constituida y registrada en Cámara de Comercio en el territorio ZESE, en este caso en Barrancabermeja.
- Los sectores a los que aplica el régimen tributario especial son comercio, agro, industria, salud y turismo.
- La actividad debe ejecutarse el 100% en Barrancabermeja.
- Si es una empresa con varias actividades económicas; la principal y de la que derive la mayoría de ingresos fiscales debe estar dentro de los 5 sectores mencionados anterior mente. La ley 1060 de 2020 definió que los ingresos como mínimo deben ser del 50%.
- El requisito de empleo para las empresas nuevas es generar como mínimo dos empleos directos, formales y mantenerlos por 10 años.
- Deben hacer una actualización del RUT donde va a aparecer dentro de la casilla 89 con el código 109 que es el que se tiene establecido este régimen ZESE. Al ser un beneficio tributario nuevo en Barrancabermeja, requiere que los sistemas realicen el proceso de adecuación una vez esté listo se dará conocimiento a la ciudadanía.
- En el caso de las empresas nuevas primero deben registrarse en Cámara de Comercio que es quien asigna RUT y NIT del nuevo contribuyente; luego pueden ingresar a la página de la DIAN donde crean una nueva cuenta de usuario, autogestionan la firma electrónica y actualizan el RUT.
- Las empresas que están en reorganización no tienen ningún problema para aplicar al régimen ZESE.
- En el caso de las empresas antiguas deben demostrar un aumento del 15% del empleo directo en los dos últimos años.
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“Las sociedades comerciales existentes que durante ese mismo término se acojan a este régimen especial y demuestren un aumento del 15% del empleo directo generado, tomando como base el promedio de los trabajadores vinculados durante los dos últimos años, el cual se debe mantener durante el periodo de vigencia del beneficio, y cuya actividad económica principal consista en el desarrollo de actividades industriales, agropecuarias o comerciales”,
artículo 268 de la ley 1955 de 2019
¿Las empresas antiguas podrán aplicar al régimen ZESE en Barrancabermeja?
Ciertas dudas invadieron a empresarios de la ciudad cuando fue de conocimiento público la Ley 2240 que en su artículo segundo dispone:
“Este régimen aplicará a las sociedades comerciales que se constituyan en las ZESES del distrito de Barrancabermeja dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigencia de esta ley en las condiciones de la normatividad aplicable en virtud del artículo 268 de la ley 1955 de 2019”.
Y es que es diferente al articulado de ley 2238 que crea una ZESE para Buenaventura donde de manera textual si incluye las empresas antiguas
“Este régimen aplicará a las sociedades comerciales que se constituyan en la ZESE del Distrito de Buenaventura dentro de los tres (3) años siguientes a la entrada en vigencia de esta ley, o aquellas existentes que durante ese mismo término se acojan a este régimen en las condiciones de la normatividad aplicable y vigente en virtud del artículo 268 de la Ley 1955 de 2019”.
Antes estas dudas Villamizar manifestó que hubo un error de transcripción más que otra cosa; y que van a trabajar con su equipo legislativo para que se solvente ese impase. El parlamentario explicó además que a la hora de expedir leyes que afectan el presupuesto nacional debe haber un concepto del Ministerio de Hacienda para que este sea constitucional y en este caso el MinHacienda habla de la igualdad tributaria de todas las ZESE.
“Debe haber una Igualad tributaria de todas las ZESE, la zona de Barrancabermeja debe tener la misma que los demás y esto está consultado además con la DIAN, y si esto no es igual se genera una inconstitucionalidad de la ley,; por eso no hay asomo de duda. Todos los empresarios de Barrancabermeja tendrán el descuento las empresas nuevas y las antiguas”, afirmó Óscar Villamizar.
Por otra parte, Nebardo Melo Mancilla director seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja dijo que ya se elevó una consulta ante la subdirección de doctrina; para que sean ellos quienes den el lineamiento de la interpretación de la norma.
Durante varias semanas comenzará un trabajo articulado entre la Alcaldía de Barrancabermeja, la Cámara de Comercio y la DIAN; para dar a conocer este beneficio que espera traer mayor productividad y aumento en la generación de empleos formales, que garanticen la dignidad de los trabajadores.
Por eso se realizarán capacitaciones con los empresarios de los diferentes sectores económicos, los emprendedores; y se buscará incentivar a nivel nacional e internacional mostrando que Barrancabermeja es un gran lugar para invertir.
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Artículo 268 Ley 1955